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Porotro lado, deben atender a una serie de requisitos generales. Son los siguientes: Ser residente de España en cualquiera de sus comunidades y ciudades autónomas. Ser mayor de 16 para pasar a
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BOCM10/1/2024. Plan de formación de la Comunidad de Madrid 2024. I. CUESTIONES GENERALES Primero.Objeto. La presente resolución tiene como objeto Asimismo podrán obtener el reconocimiento aquellas personas que no habiendo ejercido la docencia cumplan todos los requisitos para ello establecidos en el Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre (con la limitación que establece el artículo 8.5 de la Orden EDU/2886/2011), por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio
Laformación de nivel intermedio se regula en el art. 36 del RSP. En la actualidad, la habilitación para desempeñar funciones de nivel intermedio requiere cursar la formación profesional conducente al título de Técnico Superior de Prevención de Riesgos Profesionales. Los coordinadores a que alude el art. 14 del RD 171/2004 deben disponer
HolaDavid, Mi contestación va en la línea de que ya no es obligatorio, por la Ley omnibus desaparecieron y quedaron derogadas. Es más, desde 2010 ya no es obligatorio tener el “carnet de manipulador de alimentos” (no así la obligatoriedad de que el personal correspondiente reciba formación, esa sigue siendo necesaria pero ya no hay 5qpWE4.